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¿Qué puedo traer conmigo? - 2003-08-04


Cinco datos del Servicio de Aduanas de Estados Unidos

No hay ningún límite a la cantidad de dinero que usted puede traer consigo a Estados Unidos. Sin embargo, si viaja con más de $10.000 en efectivo, cheques viajeros u otros instrumentos monetarios, debe declararlo a un inspector de Aduanas. De lo contrario, su dinero puede ser confiscado. Si dos o más personas entregan una declaración conjunta, deben declarar la cantidad total de dinero que llevan entre todos. No se requiere declarar las tarjetas de crédito.

Cada visitante a Estados Unidos puede traer regalos por un valor total de $100, sin pagar derechos. Hay un impuesto de 3% sobre los siguientes $1000 en regalos introducidos al país.

Los viajeros deben saber que los productos comprados en una tienda de zona franca o a bordo del avión o buque crucero no necesariamente calificarán para tratamiento libre de impuestos al ingresarlos a Estados Unidos. Por lo general, se imponen derechos al pasarse de 1 litro de bebida alcohólica y/o 200 cigarrillos y/o 100 puros. En el caso de productos alcohólicos o de tabaco adquiridos en países de la Cuenca del Caribe o en territorios estadounidenses, sí se otorga tratamiento libre de impuestos a mayores cantidades.

Todo producto alimenticio debe ser declarado a los inspectores. Aunque muchos renglones alimenticios pueden ser ingresados a Estados Unidos, de todas formas deben pasar por la inspección para asegurarse que no contengan insectos u organismos que causan enfermedades. Productos alimenticios no declarados pueden ser decomisados automáticamente, aunque sean del tipo cuyo ingreso es permitido.

Puros cubanos y otros productos de origen cubano no pueden introducirse en Estados Unidos para uso personal, ni tampoco como obsequio. Déjelos en casa y evite que le sean decomisados.

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