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Guatemala archiva polémica ley que criminaliza aborto


Ataúdes falsos yacían en el suelo como parte de una manifestación al margen de un evento que celebraba una nueva ley denominada "Ley para la Protección de la Vida y la Familia", para protestar por la nueva ley en Guatemala, el 9 de marzo de 2022.
Ataúdes falsos yacían en el suelo como parte de una manifestación al margen de un evento que celebraba una nueva ley denominada "Ley para la Protección de la Vida y la Familia", para protestar por la nueva ley en Guatemala, el 9 de marzo de 2022.

La ley archivada elevaba la pena de prisión de tres a diez años a las mujeres que cometieran abortos, sin excepción a los abortos espontáneos.

El Congreso de Guatemala archivó el martes una polémica ley que diputados oficialistas y sus aliados aprobaron el 8 de marzo y que endurecía las penas contra el aborto y prohibía el matrimonio igualitario, luego de un rechazo generalizado contra dicha norma en la nación centroamericana.

Con 119 votos a favor, 15 en contra y 26 ausencias, de un total de 160 diputados, el Congreso dio luz verde al archivo de la Ley de Protección a la Vida y la Familia, que se había aprobado justo cuando se conmemoraba el Día Internacional de la Mujer. Distintas organizaciones de protección a los derechos humanos, nacionales e internacionales alertaron sobre que esa ley criminalizaba a mujeres y discriminaba a personas que no fueran heterosexuales.

La aprobación de la ley se hizo un día antes de conmemorarse por primera vez en el país el día nacional por la Familia, ordenado por el Congreso, y que se declarara a Guatemala Capital Pro Vida de Iberoamérica, lo que fue considerado por analistas como la muestra de radicalización moral y conservadora de políticos guatemaltecos.

Controversia por ley que penaliza el aborto y prohíbe el matrimonio igualitario
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El presidente Alejandro Giammattei, que inauguró el nombramiento de Guatemala como Capital Pro Vida de Iberoamérica, días después reculó sobre la ley de Protección a la familia diciendo que violaba las leyes y que si llegaba a su manos la vetaría.

La ley archivada elevaba la pena de prisión de tres a diez años a las mujeres que cometieran abortos, sin excepción a los abortos espontáneos. La norma también ampliaba las penas a médicos y a aquellos que facilitaran la interrupción del embarazo y la aumentaba hasta 50 años de cárcel si se practicaba un aborto sin consentimiento y en consecuencia la madre fallecía, delito que antes tenía una condena a 12 años de prisión.

Aunque la legislación guatemalteca exceptúa como no punible el aborto terapéutico, la ley establecía más requisitos para que esta excepción se aplicara.

La ley también prohibía el matrimonio o el reconocimiento de la unión libre de parejas del mismo sexo. Además, se prohibió a entidades educativas públicas y privadas promover en la niñez y adolescencia políticas o programas “que tiendan a desviar su identidad según su sexo al nacer”.

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