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Las leyes de Chávez


La ley de universidades regula la organización, estructura, gestión y funcionamiento de las instituciones de educación superior, tanto públicas como privadas.
La ley de universidades regula la organización, estructura, gestión y funcionamiento de las instituciones de educación superior, tanto públicas como privadas.

La Asamblea Nacional ha aprobado un paquete de leyes que la oposición califica de "inconstitucionales".

En las últimas semanas, la Asamblea Nacional ha dado luz verde a un conjunto de medidas que la oposición califica de "inconstitucionales". Una veintena de ellas ya han sido aprobadas o están siendo sometidas a debate. El próximo enero, Chávez asumirá una serie de poderes especiales también concedidos por la Asamblea Nacional.

Algunas de esas leyes

* Ley Habilitante: Chávez adelantó que con su habilitación aumentará el Impuesto al Valor Agregado (IVA) con el fin de recolectar recursos para sufragar parte de los $10.000 millones de dólares, que ha dicho costó la emergencia.

Analistas estiman que el mandatario utilizará esta oportunidad para adelantar decretos no necesariamente vinculados con la emergencia y sí con su proyecto político socialista.

* Ley de Responsabilidad en Radio, Televisión y Medios Electrónicos: los proveedores de internet y portales tendrán responsabilidad sobre los contenidos que publican, incluso por los comentarios de los usuarios.

Críticos de la medida dicen que se incita a la auto censura, mientras los diputados del oficialismo alegan prevenir mensajes de odio y violencia.

* Ley de Bancos: la normativa facilitaría la expropiación de instituciones bancarias al considerar al sector de "utilidad pública", el paso previo para que el Estado tome propiedades en manos de privados.

Además, los bancos deberán entregar el 5% de su utilidad bruta semestral para proyectos de consejos comunales, estructuras comunitarias creadas bajo el cobijo de Chávez.

* Ley de Telecomunicaciones: las concesiones para explotar el espectro radioeléctrico, que se define como propiedad del Estado, podrán ser revocadas o negadas cuando el presidente lo considere necesario y alegando circunstancias que atenten la seguridad del Estado.

* Ley de la Defensa de la Soberanía Política y Autodeterminación Nacional: prohíbe a organizaciones de defensa de derechos políticos recibir financiamiento, internacional y las expone a abultadas multas si sus invitados extranjeros ofenden las instituciones del país.

* Ley de regularización de los períodos constitucionales y legales de los poderes públicos estadales y municipales: unifica el inicio y culminación de los períodos de mandato de los gobernadores, alcaldes y concejales municipales.

* Ley de Universidad: críticos de la norma argumentan que limitaría la autonomía de las universidades dándole al Estado excesivo control sobre las casas de estudio y recortando su presupuesto.

* Ley de Reforma Parcial de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones: a pesar de haber sido incluida en la agenda de la Asamblea, que se declaró en sesión permanente para sancionar toda la lista de leyes en su tintero, esta ley no fue publicada para consulta pública.

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