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El régimen de excepción en El Salvador no sería el mismo entre el texto, aclaraciones y la puesta en marcha


La Asamblea Legislativa salvadoreña aprobó la suspensión de garantías constitucionales para restablecer el orden tras vivir 72 asesinatos en dos días. Aunque siguió el curso legal, su desarrollo va más allá del decreto y podría chocar con la normativa internacional.

“67, de 63 [diputados] que se necesitaban, aprobamos algo que es legal y que lo recoge la Constitución: el régimen de excepción cuando hay graves perturbaciones al orden público”, recalcó el pasado martes 29 de marzo el tercer vicepresidente de la Asamblea Legislativa salvadoreña, Guillermo Gallegos.

La Asamblea Legislativa está compuesta por 84 diputados, por lo que tres cuartas partes son 63 y votaron a favor 67, con 13 ausencias, cuatro abstenciones y cero votos en contra sin mayor debate.

El diputado del partido GANA habló en Entrevista AM El Salvador sobre el decreto legislativo que había entrado en vigor el domingo 27 de marzo. A raíz de los 76 asesinatos de los dos días anteriores, según cifras de la Policía Nacional Civil, el presidente de la Asamblea, Ernesto Castro, convocó una sesión extraordinaria por solicitud del presidente Nayib Bukele para aprobar el régimen de excepción.

Sin embargo, aunque la medida está en la Constitución y se aprobó a través del procedimiento que indica, las aclaraciones y puesta en marcha posteriores han ido más allá de lo que especifica el decreto aprobado y podrían chocar con la normativa internacional.

Una medida extraordinaria

Como solicitó y después insistió el propio Bukele vía Twitter, la Asamblea Legislativa aprobó el decreto del régimen de excepción de acuerdo con el artículo 29 de la Constitución:

“En casos de guerra, invasión del territorio, rebelión, sedición, catástrofe, epidemia u otra calamidad general, o de graves perturbaciones del orden público, podrán suspenderse las garantías establecidas en los artículos 5, 6 inciso primero, 7 inciso primero y 24 [...], excepto cuando se trate de reuniones o asociaciones con fines religiosos, culturales, económicos o deportivos”.

“Tal suspensión podrá afectar la totalidad o parte del territorio de la República —continúa el artículo—, y se hará por medio de decreto del Órgano Legislativo o del Órgano Ejecutivo, en su caso. También podrán suspenderse las garantías contenidas en los artículos 12 inciso segundo y 13 inciso segundo [...], con el voto favorable de las tres cuartas partes de los diputados electos; no excediendo la detención administrativa de quince días”.

Además, el artículo 10 de la Constitución fija que la suspensión de garantías deberá ser de treinta días prorrogables mediante otro decreto, y el 11 que deberán restablecerse si las circunstancias que motivaron su suspensión desaparecen.

Enfoques para la puesta en marcha

Publicado en el Diario Oficial, el decreto 333 declara el régimen de excepción y otorga facultades a las instituciones de Seguridad Nacional, Policía y Fuerza Armada “para restablecer el orden y la seguridad ciudadana y el control territorial” en todo el país durante treinta días.

La Policía y los ministerios de Justicia y Seguridad Pública y de Defensa quedaron encargadas de coordinar las acciones correspondientes, que han incluido retenes militares, redadas, capturas y condiciones más duras para los pandilleros encarcelados.

Desde entonces, tanto Bukele como la Policía Nacional Civil han actualizado día tras días las capturas de miembros de las pandillas MS13 y Barrio 18, más de 2.100 después de 72 horas, a los que se les atribuye la oleada de asesinatos. En esa línea, las autoridades afirmaron que el mismo martes 29 de marzo no registraron homicidios en el país.

Una vez en marcha el régimen de excepción, Bukele contaba con el apoyo del Legislativo, donde hay 56 diputados de su partido Nuevas Ideas, más otros ocho afines al Gobierno, y el de la Justicia.

La propia Corte Suprema de Justicia, que la Asamblea había renovado en junio de 2021, anunció el martes que reforzaría los juzgados de instrucción y las cámaras especializadas de lo penal “previendo un incremento considerable de la carga laboral”.

Sin embargo, distintas voces han señalado inconsistencias entre el decreto y su aplicación. El abogado constitucionalista Enrique Anaya, por ejemplo, explicó en Twitter que la medida no especifica cuáles derechos restringe dentro de los artículos que menciona, y que además de “inconstitucional” señala que se hizo “ambiguo” para aplicarse “arbitrariamente”.

En ese sentido, aludió a que esas aclaraciones habían llegado después mediante tuits de las autoridades, como los del propio Bukele.

También para medios locales, el abogado Eduardo Escobar, especialista en derechos humanos y director de la asociación Acción Ciudadana, apuntó a que no habría justificación jurídica, por ejemplo, para que las autoridades cerraran comunidades o restringieran la movilidad de las personas, y a que ya contaban con herramientas para actuar frente a los violentos.

Dentro y fuera de El Salvador, oenegés y centros de estudio como el Servicio Social Pasionista, Human Rights Watch o la Oficina de Washington para las Américas se han mostrado preocupados por posibles violaciones a los derechos humanos y han señalado que el régimen de excepción se saltaría la normativa internacional.

En concreto, se han referido a la Opinión Consultiva 9/87 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sobre garantías judiciales en procesos de emergencia.

El documento, del que El Salvador es signatario, “no autoriza la suspensión” del derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, de la prohibición de la esclavitud y servidumbre, y del principio de legalidad y de retroactividad.

Tampoco autoriza suspender la libertad de conciencia y de religión, la protección a la familia, el derecho al nombre, los derechos del niño, a la nacionalidad y los derechos políticos. En el fondo, también protege las garantías judiciales para la protección del resto de derechos, pero Bukele ya ha anunciado que los capturados “no saldrán libres”.

Detrás de los homicidios

Los 62 asesinatos del pasado sábado son la cifra más alta en un día desde los 52 en agosto de 2015, el año con más muertes violentas en el país desde la guerra civil (1980-1992). El Gobierno de Bukele venía reduciendo las cifras de homicidios desde que llegó al poder en 2019, como recogen la red Infosegura, de USAID y el PNUD, y las actas de homologación de la Mesa Técnica Interinstitucional.

El presidente salvadoreño ha criticado desde su campaña electoral la tregua del Gobierno de Salvador Sánchez Cerén (2014-2019) con las pandillas, que les permitió fortalecerse y negociar con su capacidad de causar muertes, y ha tenido como bandera de seguridad el Plan Control Territorial para hacerles frente.

Sin embargo, desde 2020 empezaron a surgir versiones sobre una posible negociación del Ejecutivo de Bukele con las pandillas que habría permitido reducir los asesinatos hasta ahora.

Un informe de ese año del International Crisis Group ya hablaba de un “entendimiento informal” entre el Gobierno y estos grupos para reducir la violencia. Por su parte, el medio independiente El Faro reveló en agosto de 2021 con nombres propios qué funcionarios habrían hecho el contacto con los líderes de la MS13 y Barrio 18.

Unos meses después, a principios de diciembre, Estados Unidos sancionaba por ese motivo al viceministro de Justicia y director general de prisiones, Osiris Luna Meza, y a Carlos Amílcar Marroquín Chica, director de Reconstrucción del Tejido Social de la Presidencia de El Salvador.

Ahora, como adelantó Bukele, el Gobierno contempla medidas adicionales en el marco del régimen de excepción. El Gabinete de Seguridad, por ejemplo, ya ha solicitado a la Asamblea Legislativa nuevas de reformas de ley que permitan otorgar más dinero y recursos legales a los organismos correspondientes para combatir a las pandillas.

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