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IDH discutirá demanda contra Estado salvadoreño por prohibición absoluta del aborto


El caso de Manuela es un caso emblemático y testigo de los efectos de la prohibición absoluta del aborto en la criminalización de todos los procesos reproductivos de las mujeres. [Foto cortesía]
El caso de Manuela es un caso emblemático y testigo de los efectos de la prohibición absoluta del aborto en la criminalización de todos los procesos reproductivos de las mujeres. [Foto cortesía]

La audiencia pública del caso ante la Corte IDH se celebrará los próximos 10 y 11 de marzo de 2021.

En un hecho sin precedentes, organizaciones feministas en favor de los derechos reproductivos de las mujeres en El Salvador demandaron al Estado salvadoreño ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ( CIDH) por el caso de Manuela, una mujer que murió por Linfoma de Hodgkin mientras cumplía una condena de 30 años en prisión por supuestamente haber interrumpido su embarazo.

El organismo decidió en julio de 2019 someter el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). La audiencia pública será celebrada los próximos 10 y 11 de marzo de 2021.

La demanda fue interpuesta desde 2012 por el Centro de Derechos Reproductivos y la Colectiva Feminista por el Desarrollo Local.

Sara García, miembro de la Asociación Colectivo Feminista contra la despenalización del Aborto en El Salvador, contó a la Voz de América que el caso de Manuela “vislumbra el impacto de la prohibición absoluta del aborto [en El Salvador] en los derechos reproductivos de las mujeres, en particular, en la criminalización de las mujeres que sufren emergencias obstétricas por delitos que no cometieron”.

García expuso que Manuela enfrentó las consecuencias de esa penalización, así como “la violencia del sistema de salud y del sistema de justicia”, ya que su aborto pudo ser provocado por el cáncer que padecía y el cual no fue descubierto hasta que estaba muy avanzado.

Sara García El Salvador tema aborto
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Ambos colectivos buscan que la Corte IDH establezca la protección de los derechos de las mujeres y reconozca, entre otros elementos, que la penalización absoluta es una “forma de discriminación y violencia de género” y posee un impacto desproporcionado sobre las mujeres que se encuentran en situación de vulnerabilidad y que facilita la criminalización de sus procesos reproductivos, incluyendo las emergencias obstétricas.

Además, quieren que cese la práctica anti ética de la divulgación de información médica confidencial de las mujeres, por parte de los médicos y otras autoridades que las atienden en los hospitales de la red pública, cuando las mujeres buscan atención obstétrica, por ser una restricción arbitraria del derecho a la vida privada y una violación del derecho a la salud.

¿Quién era Manuela?

Manuela era una mujer proveniente de una zona rural de El Salvador que no sabía leer ni escribir y vivía en condiciones de pobreza. Tenía dos hijos de 7 y 9 años, y era la cabeza de familia, pues su esposo les había abandonado. Sus dos primeros partos fueron extrahospitalarios y sucedieron en su propia casa.

En 2007, Manuela empezó a sentir constantes dolores de cabeza, náuseas, dolor de estómago y cansancio. También tenía masas visibles en el cuello. En la unidad de salud más cercana le diagnosticaron gastritis y le recetaron analgésicos, pero nunca le efectuaron algún examen para establecer el origen de sus padecimientos.

En el transcurso de este tiempo, Manuela quedó embarazada.

El 27 de febrero de 2008, Manuela empezó a sentir un fuerte dolor pélvico y abdominal, tuvo una emergencia obstétrica. Mientras estaba inconsciente, su familia buscó auxilio y la llevó hasta el hospital más cercano, ubicado a dos horas de distancia.

Cuando llegó al centro de salud con hemorragia severa y síntomas de preclampsia, en lugar de recibir la atención obstétrica de urgencia que necesitaba, Manuela fue interrogada por la doctora que la recibió, posponiendo su atención médica durante tres horas. Mientras tanto, Manuela se desangraba y los síntomas de la preclampsia empeoraron.

Según las organizaciones que llevaron el caso de Manuela ante la CIDH, la doctora que la atendió, asumió que Manuela se había provocado un aborto y dio aviso a las autoridades policiales sobre la comisión de un presunto delito.

Manuela estuvo en el hospital con un delicado cuadro de salud, y sin la presencia de un abogado defensor, fue interrogada por dos agentes de la policía, quienes sin sustento o evidencia alguna la acusaron de haber matado a su hijo. Manuela permaneció esposada a la camilla por siete días.

El Estado le asignó la defensa, que de acuerdo con los denunciantes fue irregular y débil, “fue más que (nada) una formalidad, ya que no tuvo la oportunidad de reunirse con ellos antes de las audiencias y ocurrieron cambios inesperados de defensor en momentos clave que imposibilitaron un juicio justo”, explica García.

La mujer fue condenada a 30 años de prisión por un tribunal salvadoreño bajo el delito de homicidio agravado.

Pero el calvario de Manuela apenas empezó con la sentencia, según las oenegés, al someter a Manuela a la privación de su libertad, el Estado falló en su obligación de proporcionarle un examen integral de salud.

Prueba de ello es que ya en la cárcel, Manuela adelgazó cerca de 13 kilogramos y su pérdida de cabello era evidente. Sin embargo, sólo se le proporcionaron analgésicos. Casi un año después, fue diagnosticada con un tipo de cáncer denominado Linfoma de Hodgkin. La quimioterapia que requería fue brindada tardíamente y de forma inconsistente. Manuela fue forzada a sufrir los efectos de la quimioterapia en su celda, en condiciones de hacinamiento. Cuando su estado de salud empeoró, fue llevada a un Hospital en donde permaneció engrilletada a la cama y custodiada por un agente policial durante tres meses.

Finalmente, la falta de un tratamiento adecuado para el cáncer acabó con la vida de Manuela, quien falleció el 30 de abril de 2010, dejando huérfanos a sus dos hijos.

Reparación

García aseveró a la VOA que lo que buscan son medidas de no repetición “no queremos que más mujeres enfrenten la historia de Manuela, pero también estamos en esta lucha para buscar una reparación integral a la familia de Manuela”.

El Ministerio Público de El Salvador ha aceptado en repetidas ocasiones que en el país centroamericano no hay una ley de aborto como tal y que en estos casos su papel, como en cualquier parte del mundo es “aportar evidencia” y procesarla; los jueces son quienes condenan y absuelven sobre la base de las pruebas.

Sin embargo, para muchos esas pruebas son subjetivas y basadas sobre juicios de valor y no científicas, así lo afirmó Patricia Guardado, Ginecóloga Obstetra y miembro de Unión Médica por la Salud y Vida de las mujeres.

Guardado además señala que lamentablemente se siguen denunciando a mujeres por la simple sospecha, sin tener la seguridad que se provocaron un aborto y esto ha provocado una crisis de salud.

Dra tema aborto El Salvador
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La médica afirma que dentro de la institución a la que pertenece hay profesionales que ofrecen sus servicios para realizar peritajes en estos casos, el objetivo es ayudar a las mujeres “junto a otras organizaciones” para comprobar que las perdidas realmente fueron emergencias hospitalarias.

Sin embargo lamenta que las instituciones estatales hagan largos estos procesos y que las mujeres permanezcan años en prisión sin estas pruebas.

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